Se constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas en el Comando Policial del Destacamento N° 4 de esta ciudad a los fines de practicar medida de Embargo Preventivo sobre el vehículo Marca: Jeep CJ-7, Placas BBU537, el cual pertenece a la demandada ciudadana: ISBELIA JOSEFINA DELGADO DE HERNÁNDEZ, fueron designados en este acto como Depositario Judicial y Perito Avaluador los ciudadanos: JULIO G. JARAMILLO L, y JUAN PABLO RUÍZ, titulares de la cédula de identidad N° V-10.498.721 y E-81.047.807, respectivamente. Acto seguido el Tribunal Ejecutor de Medidas previo Avalúo hecho por el Perito Avaluador designado al efecto procede a dejar Embargado Preventivamente el vehículo objeto de esta medida, dejándolo en en poseción y cuidado del Depositario Judicial designado al efecto. Cumplida su misión el Tribunal ordena el regreso a su sede ordinaria siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 Pm).-