PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Perención de la Instancia en la presente causa correspondiente a la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, intentada por el ciudadano CARLOS JOSE GONZALEZ asistido por el ciudadano Abogado ROBERTO BOLIVAR, ya identificados contra las ciudadanas LAURA DE OCHOA, YUGHEILYS VILLARROEL, MONICA PAÑALVER, LEIDI CORONADO, CRISTINA PACHECO Y LANDAS COROMOTO TORRES; también identificadas.-
En atención a lo antes expuesto se revoca el Secuestro decretado por este Tribunal en fecha 19 de octubre de 1998, y practicado por el Juzgado del Municipio Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico en fecha 26 de enero de 1999 y como consecuencia el nombramiento del depositario.- SEGUNDO: Se da por terminado el presente proceso, en las condiciones establecidas en el artículo 270 ejusdem.-TERCERO: En atención a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar en derecho la condena en costas.-