este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy; declara CONCLUIDA LA AUDIENCIA y se deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, ordenándose el cierre y archivo del expediente. Las partes solicitan en este acto la entrega de los escritos y medios probatorios, consignados durante inicio de la Audiencia Preliminar, lo cual el Tribunal acuerda en este acto, recibiendo las éstas dichos instrumentos. Asimismo, previa solicitud de los "DEMANDADOS", se acuerda expedir copia simple de todas y cada una de las actuaciones que conforman el presente asunto. Finalmente el ciudadano Juez.....