Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: REVOCAR la Medida Cautelar Sustitutiva de la Libertad, impuesta a las ciudadanas REBECA JIMMY ARTEAGA HERRERA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.001.733, natural de La Guaira, Estado Vargas, con fecha de nacimiento el 06/11/77, de 31 años de edad, hijo de los ciudadanos Juan Dámaso Arteaga y Frida Herrera, última residencia conocida en el Municipio Guanipa, San José de Guanipa, Ezequiel Zamora, El Milagro, El Tigrito, Estado Anzoátegui y JHOVANNA NEREIDA SEIJAS LINERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.549.313, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 23/01/82, de 26 años de edad, hijo de los ciudadanos Alba del Valle Linero de Seijas y Rómulo Seijas, última res.....