En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos CARLOS ANTONIO SIERRA CORDOVA y TERESA DEL CARMEN GIL MONSALVE, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 22 de junio de 1999, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el acta N° 85, folio N° 85, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1999.
Ofíciese lo conducente a la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.