En mérito de lo anteriormente expuesto, este Órgano Jurisdiccional actuando en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley INADMITE el recurso contencioso de nulidad interpuesto por la Corporación HOTEL SAN MARCOS, C.A representado por el profesional del Derecho CARLOS E. COLMENARES MEDINA inscrito en el Instituto de previsión Social bajo el número 41.803