. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN, APODERADO DE LOS CO-HEREDEROS ENILDE GUACARAN DE CORREA, EMILIO ALFONSO CORREA GUACARAN, REINALDO ENRIQUE CORREA GUACARAN y ERICK ALFONZO CORREA GUACARAN; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de el difunto EMILIO ALFONZO CORREA LEDEZMA . Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitad