DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Ejecución de Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la ley, Acuerda El CONFINAMIENTO al penado LUIS RAMÓN DIAZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° V- 8.778.904, hasta el 26-06-2.010, con presentaciones ante el Despacho del Consejo Comunal Dr. Pedro García Espino, del Consejo Estado Aragua, quedando sujeto a cumplir las condiciones impuestas , el cual dista a más de cien (100) kilómetros del lugar donde ocurrió el hecho por el cual fue condenado así como del lugar del domicilio del propio reo y del domicilio de la víctima, dándosele de esta manera cumplimiento a lo ordenado en la norma legal que rige el procedimiento para la procedencia del beneficio invocado, contemplado en los artículos 52 y 53 del Código Penal Ven.....