D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su COMPETENCIA MERCANTIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la solicitud de decretar MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, solicitada por el ciudadano YHSAN BAROUKUI ERCHEID, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-5.591.868, actuando en su carácter de socio mayoritario y gerente de la empresa COMPLEJO AGRÍCOLA INDUSTRIAL, C.A (COMAINCA), sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de ésta misma Circunscripción Judicial del Estado Guárico en fecha 15/04/1.996, bajo el N° 39 del Tomo N° 3-A, Exp. N° 0077-G, asistido por el abogado JESÚS ANTONIO ANATO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el.....