Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Menores, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda incoada por la Ciudadana: DAURIS YUDITH MUÑOZ, en representación de su menor hijo: MARCO AURELIO MUÑOZ, con motivo del Juicio de DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 y 365 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y por cuanto el Salario Mínimo Nacional Urbano que actualmente es de SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 7.420,60), y se evidencia que la mensualidad por obligación alimentaría era de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) MENSUAL, es por ello que en consecuencia de conformidad con lo estab.....