JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO. VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE (21/10/2013). AÑOS 203° DE LA INDEPENDENCIA Y 154° DE LA FEDERACIÒN.
Visto el escrito presentado por la ciudadana Clara Isabel Castro Carpio, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.373.345, asistida por la abogada Alba Nazaret Orozco Maluenga, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.250, mediante el cual presenta demanda de Intervención de Terceros (Tercería), conforme a lo previsto en el artículo 370, ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil, esta Instancia Judicial, a los fines de proveer sobre su admisión, observa:
El artículo 217 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, establece:
"En los casos de intervención de terceros a que se contraen los ordinales 1º, 2º y 3º del artículo 370 del Código de Procedimiento Civil, solo podrán proponerse antes del vencimiento del .....