DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN, incoada por el ciudadano AMILCAR JOSÉ INFANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.558.167, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.631, quien actúa en su propio nombre y del ciudadano JOSÉ LUIS VIDAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 8.804.148.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costa por la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en Valle de la Pascua, a los 21 días.....