este Tribunal anular todo lo actuado a partir de ese momento, ordenándose al efecto su remisión al Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo a los fines de que sean notificadas debidamente las partes de la decisión fundamentada de los resultados de la Audiencia Preliminar a los fines legales consiguientes, por haber sido publicada fuera de la fecha de realización a la referida Audiencia y ASI se DECIDE.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión: ANULA de conformidad con lo establecido en los artículos 191, 195 y 196 todos del Código Orgánico Procesal Penal, las actuaciones emanadas del Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, que señalan, parte final de la decisión, f.....