este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con Competencia en Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, teniendo por norte el interés superior del adolescente, declara CON LUGAR, la Medida de Protección permanente, en consecuencia se DECRETA LA ADOPCIÓN del adolescente: (Identidad omitida de Conformidad al Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por parte de los ciudadanos: YUDIT HERMELINDA CONTRERAS DE MONTERO y ANTONIO JOSE MONTERO