D I S P O S I T I V A
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Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO incoada por el ciudadano ROJAS PEREZ HERNAN JOSE, actuando en representación de la Empresa Mercantil INVERSIONES TURISTICAS MILHER, C.A. contra la Empresa Mercantil CONSTRUCTORA INARPROCON, C.A., en la persona de su Gerente General ANIBAL GUILLERMO APONTE PEREZ.
Se revoca el secuestro decretado por este Tribunal en fecha 24 de Enero de 2.008, y ejecutado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa María de Ipire de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 30 de Julio de 2.008, según acta que riela a los folios 164 y 168, sobre el bien objeto de esta querella, consistente .....