Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Tribunal de Municipio José Félix Ribas, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, las pretensiones del ciudadano CAYETANO EMILIO GUILLEN ARMAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.077.346, contenidas en el presente juicio por SIMULACIÓN, incoado en contra de los ciudadanos JOSE CARMELO GARAFALO D¿ ANGELO y DORELBA JOSEFINA RODRIGUEZ DE GAROFALO, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, titular de la cedula de identidad Nº 5.330.718, y la segunda venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº 6.846.278, respectivamente, en consecuencia se declara la Nulidad del documento de compra venta debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Ribas del estado Guárico, en fecha 04 de Marzo del año 1999, el cual qu.....