DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de Obligación Alimentaria, a favor de la niña SSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, solicitada por la ciudadana SARA CECILIA ALVAREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad número 9.119.649. En consecuencia se fija en la cantidad equivalente a UNO y UN CUARTO (01 y 1/4) de Salario Mínimo Urbano, mensual, correspondiente a la suma de SEISCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SEIS BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS, (Bs.640.406,25), la Obligación Alimentaria que el ciudadano JACKSON PEREZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 10.334.171, deberá suministrar a su hija la niña SSSSSSSSSSSSSSSSSSS. Asimismo, se fijan dos bonificaciones especiales, una en el mes de agosto por la mis.....