ACORDO OTORGAR el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL al penado VICENTE DE JESUS APONTE JICKSON, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.181.676, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de los Morros, Estado Guarico. Todo de conformidad a las facultades conferidas a este Tribunal en el Código Orgánico Procesal Penal el cual establece que los Tribunales de Ejecución velaran por el cumplimiento de las penas y medidas de seguridad impuestas en la sentencia, vigilando y haciendo respetar los derechos humanos del penado consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados, convenios y acuerdos internacionales sucritos por la República y las Reglas Mínimas para el tratamiento de los reclusos de la organización de las Naciones Unidas, tal como lo dispone el último aparte del artículo 531 del Código Orgánico Procesal Penal; ello en concordancia con lo previsto en los artículos 510 y 500 ejusdem.
De conformidad con lo establecido .....