En consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera que dichas facturas debieron consignarse en su oportunidad ante el Tribunal de la causa; y que se han dado tal y como se evidencia de las actas que conforman el presente expediente, no solamente varias oportunidades por razones humanitarias sino lapsos legales que puedan servir para interponer recursos incluso una Acción de Amparo Constitucional, la cual suspendió la medida por un determinado tiempo apoyándose en diversas acciones de la defensoría del pueblo y abogados privados que representaron por todo este tiempo a la parte ejecutada, en tal razón este Tribunal procede a ejecutar la presente medida y acordar el plazo solicitado de 24 horas para el traslado de los bienes muebles y accesorios personales propiedad de .....