Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en su competencia de materia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana: ALEXIS DEL VALLE CEDEÑO FAJARDO, contra el ciudadano: ALEXANDER SANTANA SEIJAS, todos identificados en autos, y condena al demandado a hacer entrega material del inmueble arrendado, motivo de la presente acción, en las misma condiciones que lo recibió a la parte actora y debidamente desocupado, sin prórroga alguna.
Se condena a la parte demandada al pago de las costas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Julián Mellado del Estado .....