Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA SUFICIENTE las Justificaciones para asegurar la posesión a favor de la ciudadana MARIA JOSEFINA SUAREZ HERNANDEZ, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.184.187, sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un lote de terreno municipal, constante de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (235.00 mts2), ubicado el Barrio Nicaragua Calle 8 entre Carreras 8 y 9 Casa S/N de esta ciudad de Calabozo estado Guarico y alinderado de la siguiente manera según cedula catastral NORTE: callejón 8 en 10.00 mts; SUR: Calle 8 en 10.00 mts, ESTE: Alejandra Colon en 23.50 mts y OESTE: Pula Hernàndez en 23.50 mts, con las característic.....