DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con las atribuciones que le confiere el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y con base a lo establecido en los artículos 3º, 5º y 6º de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, declara que el penado EDWIN ELIECER BARRIOS LÓPEZ, venezolano, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, en donde nació el 07 de marzo de 1977, de 27 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio albañil, domiciliado en la población de Villa de Cura, Estado Aragua, casa s/n, El Toquito y titular de la cédula de identidad Nº 15.392.753, redimió de su pena UN (01) AÑO, OCHO (0.....