Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoara la sociedad Mercantil REPRESENTACIONES R&C- W21, C.A, contra la FUNDACION UNIVERSIDAD METROPOLITANA ampliamente identificados al inicio de esta decisión DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 6o del Código de Procedimiento Civil, relativa a la acumulación prohibida del artículo 78 eiusdem, promovida por la parte demandada.
SEGUNDO: CON LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 11o del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de la ley de admitir la acción propuesta, promovida por la parte demandada, y como consecuencia de ello, INADMI.....