Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: MANTENER la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al ciudadano ANGEL RAFAEL PARISCA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.- 16.076.487, natural de El Sombrero, Estado Guárico, con residencia en Cazorla, vía Calabozo, Estado Guárico, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO. Se ordena dejar SIN EFECTO la orden de aprehensión, debiendo oficiarse para ello a los diversos órganos policiales y de investigación, así como oficiar al Sistema de Información Policial para la exclusión del acusado como solicitado. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de traslado para el Internado Judicial de San Juan de Los Morros. Y ASI.....