El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico con sede en Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: declara CON LUGAR la solicitud presentada por la defensa y en consecuencia Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida a los ciudadanos PETRA ANTONIA HERNANDEZ, venezolana, natural de Zaraza Estado Guárico, de 45 años de edad, soltera, de oficios del hogar, nacida el 08-12-1.984, hija de María Hernández y de Nicomedes Barrios, con residencia en la Calle Principal del Barrio Carlos Andrés Pérez, casa S/Nº Zaraza Estado Guárico y titular de la Cedula de Identidad Nº 6.745.335, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 278 y 472 en su primer aparte ambos del Código Penal Venezolano .....