Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor del ciudadano JOHN MIGUEL GARCIA LAYA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.797.015, sobre las bienhechurias construida en un lote de un lote de terreno Municipal, constante de SETECIENTOS SEIS METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTIMETROS (706,18 mts2) y un área de construcción de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETRO CUADRADO, (77,31 mts 2), ubicado en el Barrio Elena de Chávez, calle la Bienvenida con calle primero de mayo, s/n de esta ciudad de Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guarico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Maria Balsa, en 24,2.....