Por todos los razonamientos que anteceden este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, SEDE CALABOZO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda, incoada por el ciudadano CARLOS EDUARDO CALDERON LADERA contra la sociedad mercantil AJEVEN, C.A., ambas partes identificadas en autos, por lo que se condena a la demandada al pago de TREINTA Y UN MIL TRECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. F 31.368,20), más los intereses sobre prestaciones sociales, concepto este que será calculado mediante un solo perito designado por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Trabajo, en lo términos indicados en la parte motiva de la presente decisión. Monto éste último el cual es discriminado de la siguiente manera.....