DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el Defensor Privado, Abogado Néstor Gustavo Quintero Moncada, actuando en su condición de defensor del ciudadano EDUARDO MANUITT CARPIO, contra el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa N° JP01-P-2009-000276, que se sigue contra al indicado ciudadano. Todo de conformidad con los artículos 2, 26, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 6 ordinal 5 y 41 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Publíquese. Déjese copia certificada. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZ PRESIDENTE DE SALA,
ABG. EVELIN MENDOZA HIDALGO
LA JUEZ (PONENTE),
ABG. YAJAIRA MORA BRAVO
LA JUEZ,
ABG. MIGUEL ÁN.....