Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano FREDERIC ALEXIS GUTIÉRREZ, en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 82 eiudem, en agravio de VIDAL ELIAS TOVAR PINTO, y APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto en el articulo 9º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por admisión de los hechos y lo condena a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES y VEINTE (20) DIAS DE PRISION.
SEGUNDO: igualmente se le condena a las penas accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código.
TERCERO: Se exime del pago de costas procesales por estar asis.....