La citada cantidad constituye el pago por prestaciones sociales, de conformidad con el la Cláusula Nº 24 de la Convención Colectiva Petrolera, por concepto de vacaciones y Bono Vacacional, de conformidad con el la Cláusula Nº 25 de la Convención Colectiva Petrolera, indemnizaciones; Preaviso, antigüedad legal, Antigüedad Legal, Antigüedad Adicional, Antigüedad Contractual, de conformidad con el art 139 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, Beneficios Anuales o Utilidades, y cada uno de los demás derechos relacionados conforme al libelo de demanda que se da aquí por reproducido y admitido en su oportunidad legal. La PARTE DEMANDANTE anteriormente identificada, manifiesta, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la demandada en los términos y condiciones expuestas, declarando que los conceptos demandados han quedado definitivamente transigidos, al igual que cualesquiera otros conceptos, derechos, reclamos, beneficios o indemnizaciones que el D.....