Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana DORIS YSABEL ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad número V-8.792.984, respectivamente, con domicilio en esta ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOVITO DANIEL ESQUIVEL MORENO, titular de la cédula de identidad N.º V-5.332.580, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.º 26.954, sobre unas bienhechurías fomentadas en un lote de terreno denominado "LA PERIQUERA" ubicado en el Sector LA PEREÑA, Parroqui.....