Con base a las anteriores razones, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA CORRECCIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la adolescente: HAYDE ROGINA DAWAHER AL BECHARA, la cual aparece asentada en el libro de Registro de Nacimientos llevado por el Registro Civil de la Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, anotada bajo el Nº 887, Acta del Año 1991, en el sentido de corregir el acta de nacimiento donde se lee “AMIRA AL BACHARA DE DAWAHER” debe decir “AMIRA AL BECHARA DE DAWAHER”. *********************
Ofíciese al Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio como al Registro Principal del Estado Guárico, ordenándoseles efectuar la anterior corrección estampando las debidas notas marginales. Remítase copia de ésta decisión. Líbrese oficio. Envíense las copias o.....