Se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Eduardo Domínguez Burgo, Defensor Público N° 04, contra la sentencia definitiva suscrita por el Juzgado Segundo de Juicio Mixto de este Circuito, Extensión Calabozo, de fecha 30 de julio del 2007, que condenó a los acusados Edixon José Aponte Rodríguez y Jimmy Jean Carlos Bastidas, ampliamente identificados en autos, a la pena de seis (06) años y seis (06) meses de presidió, como responsables del delito de Tentativa de Robo de Vehículo Automotor y Cooperador en la comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor, hecho punible, previsto y sancionado en la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, por lo que en consecuencia, se confirma en todas su partes. Se funda la decisión en los artículos 451, 452.4, 453; 454; 455; 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.