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Decisiones del dia 23/01/2008

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : JP01-P-2007-001496 N° Sentencia : Fecha: 23/01/2008
Procedimiento:
Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena
Partes:
CIUDADANO JOSÉ RAFAEL MUJICA
Resumen:
PRIMERO:El sentenciado José Rafael Mujica fue detenido por primera vez el 04 de mayo de 2007 hasta el 06 de mayo de 2007, que fue puesto en libertad por medida cautelar otorgada. El mismo fue condenado en fecha 10 de diciembre de 2007 a cumplir la pena de Ocho (08) meses de prisión por el delito de Hurto Calificado Frustrado, tipificado en el artículo 453 numeral 1 del Código Penal, por el procedimiento de admisión de los hechos. En virtud que el penado ut supra ha permanecido en libertad y solo estuvo Dos (02) días detenido, aún debe cumplir Siete (07) meses y Veintiocho (28) días. Ahora bien, ordenada como ha sido la ejecución de sentencia en el presente caso y observando que el cuantum de pena que no excede del límite establecido en el parágrafo único del artículo 493 del Código Procesal Penal, en relación a los procedimientos por admisión de los hechos y el límite máximo de la pena, que permite que el penado opte al beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, es.....
Juez/Ponente:
Héctor Tulio Bolívar Hurtado
Organo:
Tribunal Segundo de Ejecución
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N° Expediente : JP01-P-2006-001585 N° Sentencia : Fecha: 23/01/2008
Procedimiento:
Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena
Partes:
CIUDADANO ALOIMA LUÍS SEIJAS GONZÁLEZ
Resumen:
PRIMERO:El sentenciado Aloima Luís Seijas González fue detenido por primera vez el 25 de junio de 2006 hasta el 10 de julio de 2006, que fue puesto en libertad por medida cautelar otorgada, permaneciendo detenido por el lapso de Quince (15) días. El mismo fue condenado en fecha 10 de diciembre de 2007 a cumplir la pena de Un (01) año de prisión por el delito de Lesiones Personales Intencionales Graves, tipificado en el artículo 415 del Código Penal, por el procedimiento de admisión de los hechos. En virtud que el penado ut supra ha permanecido en libertad y solo estuvo Quince (15) días detenido, aún debe cumplir Once (11) meses y Quince (15) días. Ahora bien, ordenada como ha sido la ejecución de sentencia en el presente caso y observando que el cuantum de pena que no excede del límite establecido en el parágrafo único del artículo 493 del Código Procesal Penal, en relación a los procedimientos por admisión de los hechos y el límite máximo de la pena, que permite que el penado opte al .....
Juez/Ponente:
Héctor Tulio Bolívar Hurtado
Organo:
Tribunal Segundo de Ejecución
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