PRIMERO: Se Declara Con Lugar la Solicitud formulada por la Vindicta Pública, y en consecuencia, Impone al adolescente GIONDRIS JOSE PERDOMO MARTÍNEZ, Venezolano, natural de Calabozo Estado Guárico, nacido en fecha 18 de Octubre de 1989, de 15 años de edad, Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Sector Banco Obrero, segunda plazoleta , casa N° 32 cerca de la cancha, Calabozo, Estado Guárico, hijo de Zulma Aimara Martínez y de Geovanni Antonio Perdomo, titular de la cédula de identidad N° 19.343.870, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en los Literales "c" y "g " del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta participación en la comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto en el Artículo 407 del Código Penal, relacionadas con la Obligación de Presentarse cada Ocho (08) días por ante ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de la ciudad de Calabozo, Estado Guárico, ente el cual .....