PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación intentada por la parte actora Ciudadanos JOSÉ FÉLIX RAMÍREZ y FREDY ISRAEL RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Canta Gallo, jurisdicción del Municipio Juan Germán Roscio, Estado Guárico, de estado civil solteros y titulares de las cédulas de identidad N° 10.672.884 y 11.120.773, respectivamente. Se REVOCA PARCIALMENTE el auto de admisión de la demanda emanado del Juzgado de la recurrida, Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 09 de diciembre del año 2.005, en relación a la citación por “EDICTO” emplazándose a cualquier persona interesada y a los herederos desconocidos, y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protec.....