Se decreta:
PRIMERO: La inmediata libertad del imputado Juan Vicente Aular Hernandez, en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: El procedimiento a aplicar es el Ordinario. Las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del C.O.P.P. quedanos notificadas en audiencia del anterior pronunciamiento.