Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la separación de cuerpos de los ciudadanos JOSE ALEJANDRO CAMARGO SILVA y ROSSINY DESIREE RENGIFO MIRELES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.682.074 y V-12.170.711, respectivamente, y consecuentemente queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 04 de febrero del año 2002, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, según acta signada con el N° 9