este Juzgado HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (110.000,00 Bs.), por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente, transcurridos cinco (05) días de despacho contados a partir del día siguiente a la presente fecha. Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua. En Valle de la Pascua, a los Veintitrés (23) días del mes de Abril de 2014. Años: 203° de la independencia y 155° de la Federación. Publíquese, Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada.-
LA JUEZA,
LUISALBA YURIBETH LOPEZ
LA SECRETARIA,
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