PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de Febrero del año 2015, por el Abg. PEDRO BERNARDO BRITO CADENAS, contra la sentencia de fecha 18 de Febrero del año 2015 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guarico.
SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la sentencia apelada. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.