Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda por Desalojo incoada por el ciudadano EMERSON JOSE CASTILLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.363.993, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.500, en su carácter de apoderado Judicial de la empresa INVERSIONES MIRANDA SILVA, C.A., registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, bajo el N° 15, tomo 01-A, de fecha 16 de Agosto de 1.993, Acta de Asamblea de fecha 09 de Marzo de 2.007, registrada por ante el Registro Mercantil II, de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, bajo el N° 35, tomo 3-A, y acta de Asamblea de fecha 23 de Marzo de 2.007, N° 57, tomo 3-A, registrad.....