DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Flor Ángel Barrios Herrera, en representación de los adolescentes M M C P y O E A G (Identidades omitidas), contra la decisión de fecha 7 de mayo de 2011, dictada por el Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual -entre otras cosas- decretó medida privativa de libertad a los referidos adolescentes, por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana María Patricia De La Caridad Pacheco; ello conforme lo previsto en el artículo 581 literales "a", "b" y "c" de la Ley Orgánica P.....