Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la acción de reconocimiento de comunidad concubinaria, intentada por la ciudadana Maygualida Aranguren Colmenares, contra Giovanny Guillermo Amore León.