PRIMERO: Que el penado TERCERO: Se CONDENA al ciudadano AUDY RAFAEL LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-8.469.504, fue detenido en fecha 18-02-2004, tal como consta en el escrito Fiscal inserto a los folios (01) al (03) de la pieza No. 01 del presente asunto, permaneciendo recluido hasta el día de hoy inclusive, evidenciándose que ha permanecido recluido un tiempo de SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DIAS de prisión, y en virtud de que fue condenado a sufrir la pena de CUATRO (04) AÑO de Prisión, se aplica el contenido del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, con prescindencia de lo ordenado en el artículo 40 del Código Penal, que se refiere al cómputo de la detención, por lo que se cuenta un día de detención por un día de prisión, desde el momento de producida la aprehensión, es decir, el tiempo de detención es de SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DIAS, lo que significa que falta por cumplir TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTICINCO (25) DIAS de prisión, terminando d.....