este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:1.-) Niega la solicitud, expuesta por la defensa, de traslado en carro particular del ciudadano EDISON RAFAEL OJEDA, arriba identificado, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en el artículo 34 en concordancia con el articulo 43 de la ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas, al Circuito Judicial Penal del estado Guarico. 2.-) Notifíquese a las partes.-
Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido.
La Juez
Abg. BELKIS ALIDA GARCIA.
La Secretaria,
Abg. MAGGIRA MECIA.