Visto el escrito presentado en fecha 22 de septiembre de 2.015, por el abogado Juan José Tovar Arias, venezolano, mayor de edad, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 46.978, representante judicial de los ciudadanos: Fulgencio Sanabria y Fulgencio Sanabria Velásquez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.697.975 y V-11.367.966, respectivamente, mediante el cual ejerce recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de fecha 13 de agosto de 2.015. Este Juzgador a los fines de pronunciarse, observa que los artículos 174 y 175 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, establecen lo siguiente:
"Articulo 174: La apelación podrá interponerse en el tribunal de la causa por ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia, si ésta se hub.....