"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA legalmente SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: Un (1) Local destinado a oficina, el cual tiene un área aproximada de ciento nueve metros cuadrados (109 m2), ubicado en el piso cuatro (4) Núcleo C, del Conjunto Libertador y que se distingue con la letra y número C-41 del Edificio Empresarial del Este, Municipio Chacao del Estado Miranda; y se pone en posesión de la Depositaria Judicial designada La R.C. C.A., en la persona de su representante ciudadano JESÚS MELÉNDEZ, antes identificado, quien lo recibe conforme libre de personas y bienes..."