DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil, 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario y 1.167 del Código Civil, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por la ciudadana ROSA ELENA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.291.643, y de este domicilio, en contra de la ciudadana GLENCYS MORENO JACOBS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.673.578, y de este domicilio. En consecuencia:
¿ PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes contendientes en la presente Juicio en fecha 27 de Enero de 2.009.
¿ SEGUNDO: Se ordena que el .....