DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto (5ª) de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, desde la Sala de Audiencias de este Circuito Judicial Penal, contra el imputado JORGE LUIS DURAN CAMACHO, de conformidad con lo establecido en los artículos, 250 numerales 1., 2., 3. y 251 numerales 2., y parágrafo primero, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal vigente, en perjuicio de el ciudadano MANUEL ERNESTO GARCIA ESTANGA.
SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la investigación bajo las reglas del Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se declara con lugar la.....