DECRETÓ LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE GREGORIO FIGUEROA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.084.650, POR CUMPLIMIENTO DEFINITIVO DE LA PENA de SEIS AÑOS Y CUATRO MESES DE PRESIDIO que le fue impuesta por la comisión de los delitos de ROBO GENERICO Y VIOLACION. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal. E igualmente relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia, la misma no se materializará conforme a criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencias de fecha 31/07/09 y 21/05/07, con ponencias de la Magistrada, Dra. Carmen Zuleta de Merchán.-